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Actualización de reglas · 15 de octubre de 2026

Seguro médico para residentes permanentes, titulares de visas y no ciudadanos: las reglas del subsidio de 2027

A partir del 1 de enero de 2027, la mayoría de los inmigrantes presentes legalmente que no son residentes permanentes (con tarjeta verde) perderán el crédito tributario para la prima (el subsidio) de la ACA. Esto incluye a inversionistas E-2, trabajadores H-1B, estudiantes, solicitantes de asilo, refugiados y personas con una solicitud de tarjeta verde en trámite. Todavía pueden comprar un plan del Mercado de Seguros Médicos, pero a precio completo.

El 15 de octubre de 2026, el IRS y el Departamento del Tesoro publicaron una regla propuesta (REG-101576-26) que explica cómo aplicarán estos cambios. Los cambios vienen de la ley One Big Beautiful Bill Act, firmada el 4 de julio de 2025. Ya son ley. La regla propuesta solo completa los detalles.

Esta guía es para familias inmigrantes, hogares de estatus mixto y cualquier persona que recibe el crédito tributario en un plan del Mercado. Explica a quién afecta, qué cambia para todos y qué hacer antes de que abra la Inscripción Abierta para 2027 el 1 de noviembre.

Quién conserva el crédito tributario y quién lo pierde en 2027

Desde 2027, solo los ciudadanos, los nacionales de EE. UU. y tres grupos de “no ciudadanos elegibles” (“eligible aliens” en la ley) pueden recibir el crédito tributario para la prima. Los Mercados verificarán el estatus de no ciudadano elegible con los registros del DHS antes de pagar el crédito por adelantado. Quienes pierden el crédito también pierden el ahorro adicional en los planes Plata (las reducciones de costos compartidos), pero todavía pueden inscribirse a precio completo (guía de CMS del 5 de octubre de 2026, en inglés).

GrupoCrédito en 2026Crédito en 2027¿Puede comprar un plan a precio completo?
Ciudadanos y nacionales de EE. UU. Sí SíSí
Residentes permanentes (con tarjeta verde), incluidos los residentes condicionales Sí* SíSí
Migrantes de los países COFA (Micronesia, Islas Marshall, Palaos) Sí* SíSí
Visas de trabajo e inversionista: E-1, E-2, E-3, H-1B, L-1, O-1, TN y sus dependientes Sí* NoSí
Solicitud de tarjeta verde en trámite (I-485) Sí* NoSí
Nacionales cubanos o haitianos con parole, con asilo en trámite o en proceso de deportación (“participantes cubanos/haitianos”) Sí* SíSí
Refugiados, asilados, asilo en trámite, TPS y la mayoría de las personas con parole (otras nacionalidades) Sí* NoSí
Estudiantes y visitantes de intercambio: F-1, J-1, M-1 Sí* NoSí
Titulares de visas T y U, autopeticionarios de VAWA y SIJ sin tarjeta verde Sí* NoSí
Inmigrantes indocumentados y beneficiarios de DACA No NoNo

*En 2026, los inmigrantes presentes legalmente califican solo si los ingresos del hogar son al menos el 100% del nivel federal de pobreza (en inglés). La antigua excepción para inmigrantes de bajos ingresos que no podían recibir Medicaid por su estatus terminó este año.

Cuando se aprueba una tarjeta verde en trámite, la persona pasa a ser no ciudadano elegible. Informe la aprobación al Mercado de inmediato para que el crédito tributario pueda reanudarse.

Nacionales cubanos y haitianos: es probable que conserven el crédito tributario.

La ley nombra a los “participantes cubanos/haitianos” (“Cuban/Haitian entrants”) como no ciudadanos elegibles, y ese término se define de forma amplia (Refugee Education Assistance Act §501(e)). Incluye a cualquier nacional cubano o haitiano que entró a EE. UU. con parole, que tiene una solicitud de asilo en trámite o que está en proceso de deportación sin una orden final. Un cubano con asilo en trámite sigue siendo elegible en 2027; un venezolano o colombiano con el mismo caso no lo es. Asegúrese de que el Mercado tenga registrado su estatus como participante cubano/haitiano, no como un solicitante de asilo cualquiera.

Residentes permanentes (con tarjeta verde): para usted no cambia nada

Los residentes permanentes legales, incluidos los residentes condicionales con tarjeta de dos años, son “no ciudadanos elegibles” según la nueva ley. Usted califica para el crédito tributario para la prima en 2027 en las mismas condiciones que un ciudadano: ingresos del hogar entre el 100% y el 400% del nivel federal de pobreza, sin cobertura asequible de un empleador y con un plan del Mercado. El período de espera de cinco años que se aplica a Medicaid no se aplica al crédito tributario del Mercado.

Aun así, dos cosas cambian para usted en 2026 y 2027: ya no hay límite para devolver el exceso de crédito tributario y, desde 2028, su elegibilidad debe estar verificada para que un mes cuente. Mantenga al día su estimado de ingresos y suba sus documentos cuando se los pidan.

Actualice su solicitud en CuidadoDeSalud.gov con los datos de su tarjeta verde a más tardar el 15 de diciembre. Si tiene renovación automática y CuidadoDeSalud.gov no puede verificar su estatus con el DHS, su plan se renovará a precio completo desde el 1 de enero hasta que envíe sus documentos.

¿Está patrocinando a un familiar? Usar el crédito tributario para la prima no se considera carga pública, así que no afecta su patrocinio ni la solicitud de tarjeta verde de su familiar.

Cambios para todas las personas con un plan del Mercado

Aunque su estatus migratorio no se vea afectado, tres cambios alcanzan a todas las personas inscritas que reciben el crédito tributario.

1. Sin límite para devolver el exceso de crédito (año tributario 2026)

Si sus ingresos terminan siendo más altos de lo que calculó, ahora devolverá todo el exceso de los pagos por adelantado del crédito al declarar impuestos (calcule el suyo, en inglés). Antes de 2026, la devolución tenía un límite para los hogares por debajo del 400% del nivel federal de pobreza. El Departamento del Tesoro calcula que en 2028 unas 3.7 millones de declaraciones incluirán una devolución del exceso de crédito.

2. Los períodos especiales de inscripción basados solo en ingresos ya no califican

Si se inscribe a mitad de año solo porque sus ingresos son bajos, sin un evento de vida que califique, ese plan no recibirá el crédito tributario.

3. Verificación más estricta (2028)

Un mes no contará para el crédito tributario a menos que el Mercado verifique su residencia y su ciudadanía o presencia legal. Para quienes reciben el crédito, también debe verificar los ingresos, el tamaño de la familia, otra cobertura y el estatus de no ciudadano elegible. Los Mercados deben ofrecer un proceso de verificación antes de la inscripción a partir del 1 de agosto del año anterior a la cobertura, a más tardar. Los eventos de vida como un nacimiento, una adopción, un matrimonio, un divorcio o una muerte tienen una exención, para que el crédito no se retrase. El Departamento del Tesoro calcula que unas 50,000 familias con recién nacidos se benefician de esa exención.

La regla práctica: mantenga al día su estimado de ingresos y responda rápido cuando le pidan documentos.

Requisitos de trabajo de Medicaid y el crédito tributario (2027)

Los estados deben empezar a aplicar los requisitos de trabajo de Medicaid a más tardar el 1 de enero de 2027. La regla propuesta dice que si un Mercado determina que usted no es elegible para Medicaid solo porque no cumplió el requisito de trabajo, se le trata como si tuviera Medicaid. Esos meses no cuentan para el crédito tributario, así que pagaría precio completo por un plan del Mercado.

Este bloqueo termina cuando usted deja de ser elegible para Medicaid por cualquier otra razón, por ejemplo, si sus ingresos superan el límite de Medicaid.

Florida no se ve afectada. El requisito de trabajo se aplica solo al “grupo de adultos” de la expansión de Medicaid, y Florida nunca expandió Medicaid, así que aquí no existe ese grupo. Esto importa en los 40 estados con expansión y en DC.

Familias de estatus mixto: los hijos ciudadanos siguen calificando

Si uno de los padres pierde el crédito tributario pero un hijo es ciudadano estadounidense o residente permanente (con tarjeta verde), el hijo conserva su propia elegibilidad. La propuesta del IRS explica el cálculo. La prima de la familia y el costo del plan de referencia (en inglés) excluyen a los miembros no elegibles, y el crédito tributario cubre solo la parte de los miembros elegibles. La familia puede seguir en un solo plan. El Formulario 1095-A también excluirá las primas de los familiares no ciudadanos que no son elegibles.

Las familias de Florida deben revisar KidCare primero. La elegibilidad de un hijo ciudadano no depende del estatus de los padres, aunque sí cuentan los ingresos del hogar.

ProgramaQuién califica (aprox.)Costo
Medicaid para niñosHasta alrededor del 138–145% del nivel federal de pobreza, según la edadGratis
Florida KidCare CHIPHasta alrededor del 215% del nivel federal de pobreza$15 o $20/mes
KidCare de pago completo (full-pay)Por encima del límite con subsidioPrima completa

Para una familia de tres, el 215% del nivel federal de pobreza equivale a unos $4,895 al mes, o aproximadamente $58,700 al año. La expansión planeada de KidCare en Florida hasta el 300% no ha entrado en vigor. Un niño que califica para KidCare o Medicaid no puede recibir también el crédito tributario del Mercado, así que es uno u otro.

Sus opciones si pierde el crédito tributario

Perder el crédito tributario no significa perder la cobertura. Estas opciones pueden bajar el costo.

  1. 1Compre un plan del Mercado a precio completo. O compre el mismo plan directamente con la aseguradora. Compare el costo total (prima más deducible y copagos), no solo la prima.
  2. 2Considere un plan Bronce compatible con una cuenta de ahorros para la salud (HSA). Las primas son más bajas, y los aportes a la HSA reducen sus ingresos sujetos a impuestos. Funciona mejor si tiene buena salud y puede cubrir el deducible.
  3. 3Use su negocio, si tiene uno. Los inversionistas E-2 y otros dueños de negocios quizá puedan deducir las primas como seguro médico de trabajador independiente, u ofrecer un plan de grupo pequeño o una HRA de cobertura individual (ICHRA). Pida a un contador público (CPA) y a un agente de seguros con licencia que comparen las opciones. Asegúrese de que un plan de la empresa no anule el crédito tributario de un hijo.
  4. 4Cubra por separado a los familiares elegibles. Inscriba a los hijos ciudadanos en KidCare o Medicaid si califican, o reclame el crédito tributario por la parte que les corresponde en un plan familiar del Mercado.
  5. 5Use servicios médicos con tarifas según sus ingresos. Los centros de salud calificados a nivel federal cobran según los ingresos, sin importar el estatus migratorio. Medicaid de emergencia cubre emergencias para personas que, por su estatus, no califican de otra forma.
  6. 6Tenga cuidado con los planes de corto plazo y los ministerios de salud compartida. Pueden excluir condiciones preexistentes y no son cobertura de la ACA.

Lista de verificación antes de la Inscripción Abierta para 2027

  • Actualice ahora su estimado de ingresos de 2026. Ya no hay límite para devolver el exceso de crédito tributario al declarar impuestos.
  • Responda con exactitud las preguntas sobre su estatus migratorio. Si declara un estatus elegible que no tiene, deberá devolver todo el crédito tributario.
  • Prepare su presupuesto para la prima completa de 2027. Haga un cálculo ahora para que enero no lo tome por sorpresa.
  • Revise KidCare o Medicaid para los hijos ciudadanos. La elegibilidad de un niño no depende del estatus de sus padres.
  • Consulte a su abogado de inmigración sobre los beneficios y su caso en trámite. Las reglas de carga pública son aparte de este cambio, pero pregunte antes de depender de cualquier programa.
  • Informe al Mercado la aprobación de su tarjeta verde el mismo día que la reciba. Su crédito tributario puede reanudarse en los meses siguientes.

Fechas clave

1 de enero de 2026 — Ya en vigor

Termina el límite para devolver el crédito tributario; los períodos de inscripción basados solo en ingresos pierden el crédito; termina la excepción por debajo del 100% del nivel federal de pobreza para inmigrantes excluidos de Medicaid.

15 de octubre de 2026 — Se publica la regla propuesta del IRS

La REG-101576-26 aparece en el Federal Register (Registro Federal) y explica cómo el Departamento del Tesoro y el IRS aplicarán la nueva ley.

30 de noviembre de 2026 — Fecha límite para comentarios públicos

Los comentarios y las solicitudes para hablar en la audiencia deben recibirse a más tardar en esta fecha. Preséntelos en regulations.gov.

4 de diciembre de 2026 — Fecha límite para pedir asistir a la audiencia

Las solicitudes para asistir a la audiencia telefónica vencen a las 5 p. m., hora del Este (ET).

8 de diciembre de 2026 — Audiencia pública telefónica del IRS

10 a. m., hora del Este (ET).

15 de diciembre de 2026 — Actualice su solicitud del Mercado

CMS pide a cada inscrito que no es ciudadano que actualice su solicitud con sus documentos de inmigración vigentes a más tardar el 15 de diciembre. Si no lo hace y CuidadoDeSalud.gov no puede verificar un estatus elegible con el DHS (Departamento de Seguridad Nacional), su plan se renueva a precio completo desde el 1 de enero, sin el crédito tributario ni el ahorro adicional en los planes Plata. Esto también les puede pasar a los residentes permanentes (con tarjeta verde).

1 de enero de 2027 — El crédito tributario se limita a ciudadanos, nacionales y no ciudadanos elegibles

Las nuevas reglas de elegibilidad se aplican a todos los meses de cobertura de 2027. También desde 2027, si le niegan Medicaid solo porque no cumplió un requisito de trabajo del estado, se le trata como si tuviera Medicaid y no puede recibir el crédito tributario por esos meses.

1 de enero de 2028 — El Mercado debe verificar la elegibilidad

Un mes cuenta para el crédito tributario solo si el Mercado verificó su elegibilidad. Los Mercados deben ofrecer verificación antes de la inscripción a partir del 1 de agosto, a más tardar.

Preguntas frecuentes

¿Es definitivo el cambio de 2027 en el subsidio para inmigrantes?
Los cambios de elegibilidad ya son ley. Vienen de la ley One Big Beautiful Bill Act, firmada el 4 de julio de 2025, y solo el Congreso podría revertirlos. La regla del IRS publicada el 15 de octubre de 2026 es una propuesta que completa los detalles. No puede cambiar quién califica.
¿Puedo seguir comprando un plan del Mercado con visa E-2 en 2027?
Sí, a precio completo, siempre que siga presente legalmente. Los titulares de visas E-2, H-1B, L-1, O-1, TN y similares pueden inscribirse, pero no recibirán el crédito tributario para la prima a partir de la cobertura de 2027.
Me aprobaron la tarjeta verde a mitad de año. ¿Recibo el subsidio?
Informe la aprobación al Mercado de inmediato. Como residente permanente legal, usted es un no ciudadano elegible, y el Mercado debe volver a determinar su elegibilidad para los meses siguientes.
Mis hijos son ciudadanos estadounidenses, pero yo no soy elegible. ¿Ellos pueden recibir el subsidio?
Sí. Un hijo ciudadano o residente permanente (con tarjeta verde) conserva su propia elegibilidad. La regla propuesta explica el cálculo: la prima y el costo del plan de referencia excluyen a los familiares no elegibles, y el crédito tributario cubre solo la parte de los miembros elegibles. La familia puede seguir en un solo plan. En Florida, revise primero KidCare o Medicaid para el niño.
¿Qué cambia para todos, no solo para los inmigrantes?
Tres cosas. Desaparece el límite para devolver el exceso de pagos por adelantado del crédito tributario a partir de las declaraciones de impuestos de 2026. Una inscripción a mitad de año basada solo en ingresos bajos, sin un evento de vida, ya no recibe el crédito tributario. Y a partir de 2028, un mes de cobertura cuenta para el crédito tributario solo si el Mercado verificó su elegibilidad, con una exención para nacimientos, adopciones, matrimonios, divorcios y fallecimientos.
¿Cómo envío comentarios sobre la regla propuesta?
Envíe sus comentarios en regulations.gov, con referencia a REG-101576-26, a más tardar el 30 de noviembre de 2026. Hay una audiencia pública telefónica programada para el 8 de diciembre de 2026 a las 10 a. m., hora del Este (ET); las solicitudes para asistir vencen a las 5 p. m., hora del Este, del 4 de diciembre.

Fuentes (en inglés)

Este artículo es información general, no asesoría legal, tributaria ni migratoria. Las reglas pueden cambiar. Hable con un agente de seguros con licencia, un profesional de impuestos o un abogado de inmigración sobre su situación.

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